El Blog de la CEFH

Este es un medio libre y sin censura, donde tanto los Estudiantes, Profesores y Funcionarios de la Facultad de Filosofía y Humanidades UCH pueden exponer sus opiniones sobre temas de interes, tanto nacional como de la comunidad.

Ten en cuenta que lo que vas a leer NO REPRESENTA EL PENSAR DE LA ASAMBLEA DE FILOSOFIA Y HUMANIDADES, pero que si son las opiniones individuales de sus miembros, que ayudan a formarlo.

T.3/c.5: Secretarías y Comisiones

TÍTULO 3.
CAPÍTULO QUINTO.
DE LAS SECRETARÍAS Y COMISIONES

Artículo 13°

Las Secretarías son órganos permanentes y complementarios a los demás espacios de toma de decisión. Por esta razón, su actuación está supeditada a las propuestas y decisiones que se hayan adoptado en los espacios de decisión. Es autónomo en su gestión interna. Están compuestas por cualquier estudiante de pregrado que esté interesado en participar. Otros estudiantes o miembros de otros estamentos pueden asistir si es que así se permite, incluso con derecho a decisión. Su ejecución se realiza bajo las siguientes consideraciones:

  1. Puede solicitar su conformación cualquier Asamblea de Carrera, la Asamblea General o el CGV.
  1. Son constituidas por el CGV, con la información correspondiente.
  1. Son miembros de la Secretaría todos/as aquellos/as que hayan asistido a una reunión anterior, excepto en la reunión constituyente.
  1. En la primera reunión de la Secretaría se elige a un/a Secretario/a, quien modera la reunión.
  1. También en reunión se solicita la revocación del/la Secretario/a, lo que se hace según el mecanismo de revocación estipulado en el estatuto.
  1. La Secretaría debe confeccionar un Proyecto de Trabajo, con objetivos que lograr, medios para alcanzarlos y plazos en los que se realizarán.
  1. Las posiciones y propuestas que se elaboran son presentadas al CGV por el/la Secretario/a. Ante desacuerdos con el CGV, debe rectificar su funcionamiento.
  1. Al menos una vez por semestre, se deben elaborar Informes para presentarlos a todos/as los/as estudiantes de la Facultad.

Artículo 14°

Las Comisiones son órganos temporales y complementarios a los demás espacios de toma de decisión. Por esta razón, su actuación está supeditada a las propuestas y decisiones que se hayan adoptado en los espacios de decisión. El CGV mantendrá un control directo de la instancia, por medio de uno/a o más Delegados/as. Cumplido el fin por el que se constituyeren, cesan de existir. Están compuestas por cualquier estudiante de pregrado que esté interesado en participar. Otros estudiantes o miembros de otros estamentos pueden asistir si es que así se permite, sólo con derecho a intervención. Su ejecución se realiza bajo las siguientes consideraciones:

  1. Puede solicitar su conformación cualquier Asamblea de Carrera, la Asamblea General o el CGV.
  1. Son constituidas por el CGV, con la información correspondiente.
  1. Son miembros de la Comisión todos/as aquellos/as que hayan asistido a una reunión anterior, excepto en la reunión constituyente. Además de los/as Delegados que establezca el CGV.
  1. En la primera reunión de la Comisión se elige a un/a Secretario/a, quien modera la reunión.
  1. También en reunión se solicita la revocación del/la Secretario/a, lo que se hace según el mecanismo de revocación estipulado en el estatuto.
  1. La Comisión debe confeccionar un Proyecto de Trabajo, acorde a los objetivos que le confiere el CGV, con medios para alcanzarlos y plazos en los que se realizarán.
  1. Las posiciones y propuestas que se elaboran son presentadas al CGV por el/la Secretario/a. Ante desacuerdos con el CGV, debe rectificar su funcionamiento.
  1. Concluido su objetivo, se debe elaborar un Informe para presentarlo a todos/as los/as estudiantes de la Facultad.