El Blog de la CEFH

Este es un medio libre y sin censura, donde tanto los Estudiantes, Profesores y Funcionarios de la Facultad de Filosofía y Humanidades UCH pueden exponer sus opiniones sobre temas de interes, tanto nacional como de la comunidad.

Ten en cuenta que lo que vas a leer NO REPRESENTA EL PENSAR DE LA ASAMBLEA DE FILOSOFIA Y HUMANIDADES, pero que si son las opiniones individuales de sus miembros, que ayudan a formarlo.

T.2: Los Estudiantes, sus deberes y derechos.


TÍTULO 2.
DE LOS ESTUDIANTES,
DE SUS DEBERES Y DERECHOS

Artículo 3°

Todos los estudiantes matriculados en la Facultad en alguno de los Programas de Pregrado que dicta la Facultad Filosofía y Humanidades de la Universidad de Chile son miembros de la CEFH, y por tanto participan directamente en la toma de las decisiones de esta y son representados por la misma.

Artículo 4°

La participación en la CEFH, ya sea como agente activo de su funcionamiento o como beneficiario/a, supone la aceptación de los siguientes Derechos.

  1. Todo/a miembro tiene derecho al libre expresar de sus ideas ante las distintas asambleas e instancias de participación, sin importar su posición política, condición social, cultural o religiosa.
  1. Todo/a miembro tiene derecho a participar activamente de la CEFH, siendo vocero/a o incluso sin ocupar cargo alguno.
  1. Todo/a miembro tiene derecho a presenciar las distintas asambleas que se realizan dentro de la Facultad.
  1. Todo/a miembro tiene derecho a presentar proyectos y buscar financiamiento para la realización de estos.
  1. Todo/a miembro tiene derecho a ser elegido vocero de la Asamblea de Carrera, según lo presentado en este documento.
  1. Todo/a miembro tiene derecho a ser elegido en algún cargo de responsabilidad de la CEFH.
  1. Todo/a miembro tiene derecho a participar en alguna secretaria o comisión acorde a sus intereses, así como de proponer la creación de alguna.
  1. Todo/a miembro tiene derecho a utilizar las distintas posesiones de la CEFH.
  1. Todo/a miembro tiene derecho a recibir ayuda monetaria procedente de la secretaria de bienestar, de acuerdo a los parámetros que esta tenga para darlos.

Artículo 5°

A su vez, la participación en la CEFH, ya sea como agente activo de su funcionamiento o como beneficiario/a, tiene como corolario la aceptación de los siguientes Deberes.

  1. Es deber de los/as miembros de la CEFH participar activamente en la toma de decisiones mediante las formas que este estatuto presenta.
  1. Es deber de los/as miembros acatar las decisiones tomadas democráticamente por la CEFH
  1. Es deber de los/as miembros de la CEFH comprometerse activa y regularmente con los cargos que ocupan.
  1. Es deber de los/as miembros informarse del acontecer, decisiones y de las actividades que realiza la CEFH mediante las instancias existentes.
  1. Es deber de los/as miembros respetar las diferencias de los demás miembros, sean estas políticas, físicas, religiosas, de género y sexo, o culturales, para así mantener un ambiente fraterno en las distintas instancias de participación.
  1. Es deber de los/as miembros velar por el cuidado de los bienes de la CEFH.